Cuando una persona fallece como consecuencia de la negligencia o las acciones ilícitas de otra persona o entidad en New Mexico, se puede presentar una demanda por homicidio culposo contra la parte o partes responsables. La demanda debe presentarla el representante personal de la víctima. Si la demanda prospera, el New Mexico establece cómo deben distribuirse los daños entre los familiares del fallecido.
New Mexico Estatutos 41-2-3 controla cómo se distribuyen los daños en las demandas por homicidio culposo. Si el fallecido deja cónyuge pero no hijos, la indemnización se distribuirá entre el cónyuge. Si el fallecido deja cónyuge e hijo o nieto superviviente, la mitad de la indemnización se pagará al cónyuge y la otra mitad al hijo o nieto superviviente.
Si el fallecido era soltero pero tenía un hijo o un nieto, la indemnización por daños y perjuicios pasará al hijo o al nieto. Si el fallecido era menor de edad, no tenía hijos y era soltero, la indemnización se pagará a los padres del menor. Si el fallecido no dejaba cónyuge, padres, hijos o nietos, la indemnización se pagará a los hermanos. Por último, si no hay familiares supervivientes según la ley, los daños y perjuicios se distribuirán según lo dispuesto en la ley.
En pérdida de un ser querido puede ser devastador. El estado permite a los familiares recuperar los daños especificados por la ley. Es posible que la gente quiera hablar con abogados expertos en lesiones personales sobre lo que les ocurrió a sus familiares. Los abogados pueden trabajar para ayudar a sus clientes a recuperar los daños para que puedan ser compensados por las pérdidas que han sufrido a causa de la muerte de sus seres queridos.
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